Preguntas Frecuentes - Registro de yates en Panamá

¿Proporcionan provisionales?

Sí, la primera etapa de registro requiere la emisión de una Patente Provisional y una licencia de radio, ambas válidas por 6 meses. Durante este periodo se deben solicitar originales y no tiene costo adicional.

¿Qué tan pronto puede proporcionar el provisional?

El registro provisional se puede proporcionar en 24 horas hábiles si se presenta toda la documentación. Ya puede utilizar el documento provisional para navegar su yate.

¿Cómo es el documento de registro?

La Patente y Licencia de Radio para un yate registrado en Panamá es emitida por la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y está impresa en papel de seguridad. Por lo general, incluirá el sello grabado de la PMA y el escudo de armas de la República de Panamá.

¿Por cuánto tiempo es válido el registro de Panamá?

La validez del registro de un yate en Panamá generalmente dura 2 años para los yates recreativos y 5 años para los yates registrados comercialmente, después de lo cual debe renovarse. El proceso de renovación es como el proceso de registro inicial e implica la presentación de documentación actualizada y el pago de las tarifas correspondientes. Es importante tener en cuenta que no renovar el registro a tiempo puede resultar en multas y sanciones.

¿Se necesita inspección?

Los yates privados no requieren inspecciones. Sin embargo, los yates comerciales que excedan las 500 toneladas brutas requieren un seguro y una encuesta de evaluación. Aunque no existe un límite de edad superior para PMD [Autoridad Marítima de Panamá], ocasionalmente puede solicitar una encuesta de evaluación para yates más antiguos.

¿Es necesario apostillar los papeles?

Sí, al solicitar el registro original, se debe aportar al registro el poder, la escritura de venta y la cancelación, y deben estar apostillados y en original.

¿Existe la posibilidad de registrar un kayak/moto acuática?

Lamentablemente no. Sin embargo, podemos presentar una solicitud para su registro junto con la del yate principal.

¿Qué bandera necesito para izar en mi yate una vez realizado el registro?

La bandera panameña siempre debe ondear en el yate después de que hayan sido registrados en Panamá.

¿Ayudan con la licencia MMSI?

Sí, podemos solicitar el MMSI al momento de solicitar el registro sin costo adicional.

¿Qué métodos de pago se aceptan?

Se aceptan todos los métodos de pago.

¿Qué tipo de licencia se requiere para navegar?

El Certificado Internacional de Competencia (ICC) y la Licencia y Credenciales Internacionales de Navegación (SLC) son los más aceptados. Debería ser elegible para cualquier carta porque el ICC es aceptado por la ONU y se utiliza en la mayor parte de Europa y el Mediterráneo.

¿Cómo puedo cancelar el registro actual de Panamá?

Si todos los impuestos y tasas relacionados con el yate están pagados y al día, el representante legal en Panamá puede solicitar la eliminación del yate del registro de Panamá. La solicitud puede realizarse por el traslado del yate a otro registro o por cualquier otro motivo que el propietario quiera invocar. El representante legal deberá presentar la documentación necesaria, como prueba de transferencia o venta, a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) para iniciar el proceso de baja.

¿Puede cualquier nacional solicitar el registro de yates en Panamá?

Independientemente de su nacionalidad, cualquier persona puede presentar una solicitud para un registro de yate panameño.

¿Qué papeleo es necesario para registrar el yate?

Los trámites necesarios para registrar un yate en Panamá son:

Para el registro Provisional:

✓Una copia del poder legalizado (POA), que designa a alguien para representar al propietario del yate durante el procedimiento de registro.

✓Una copia de la escritura de venta (BOS), que sirve como prueba de la transferencia legal de la propiedad del yate.

✓Una copia de la Carta de Certificación legalizada del Propietario de un yate de recreo, que acredite el uso del yate únicamente para fines recreativos.

✓Certificado de constructor

Para el registro Provisional:

✓Poder notarial original apostillado (POA): Este documento legal designa a alguien para que represente al propietario del yate en el trámite de registro.

✓ Factura de venta original apostillada (BOS): este documento demuestra la transferencia legal de propiedad del yate.

✓Una carta de certificación original y legalmente vinculante del propietario de un yate de recreo: este documento da fe del uso del yate únicamente con fines recreativos y no comerciales.

✓ Certificado de Eliminación de Construcción Original Apostillado del Registro Anterior: Este documento demuestra que el yate ha sido eliminado de su registro anterior y ya no está registrado en el extranjero.

✓Lista de equipo de radio a bordo: Este es un documento que describe todo el equipo de radio a bordo

¿Aceptan documentos en cualquier idioma?

Toda la documentación debe estar en inglés o español; cualquier trámite en otro idioma requiere una traducción jurada al español. Nos ocuparemos de eso.

¿Cuál es el tiempo estimado que tardará mi yate en registrarse en Panamá?

Puede beneficiarse del registro de yates de Panamá obteniendo su registro de yate provisional en tan solo 2 días hábiles. Esto implica que puede utilizar casi de inmediato el registro de yates de Panamá. Los dos días hábiles comienzan una vez que hayamos recibido de usted los documentos escaneados requeridos.

Se aceptan todos los métodos de pago internacionales